PRIMERAS ALEGACIONES DE CAVE-COVA AL PLAN DE ACCIÓN CONTRA EL RUIDO PARA EL AEROPUERTO DE MANISES

PRIMERAS ALEGACIONES DE CAVE-COVA AL PLAN DE ACCIÓN CONTRA EL RUIDO PARA EL AEROPUERTO DE MANISES

I.- PREÁMBULO.

La ubicación del aeropuerto de Valencia (Manises), dado el crecimiento urbanístico y poblacional, resulta ser una zona de evidente conflicto con las personas de los municipios afectados.

Los altos niveles de contaminación acústica, muy localizada, y atmosférica, más general, y con la creciente legislación europea protectora del medioambiente hacen que probablemente sea inviable la continuidad del citado aeropuerto en su ubicación actual, en consecuencia, sería razonable iniciar el proceso de búsqueda de otra ubicación más respetuosa con las personas y el medioambiente.

II.- ALEGACIONES AL PLAN DE ACCIÓN ASOCIADO AL MAPA ESTRATÉGICO RUIDO (FASE IV) DEL AEROPUERTO DE VALENCIA.

PRIMERA.- La propuesta que se hace en el PLAN DE ACCIÓN CONTRA EL RUIDO del AEROPUERTO DE VALENCIA FASE IV contiene algunas proyecciones que indican un notable crecimiento tanto de vuelos como de pasajeros. Sin embargo, esta proyección se queda corta si se utilizan los datos de 2023 y los primeros de 2024 ya que se observan crecimientos del 22,6% en el 2023 respecto al año 2022 y un 13,3% en los cuatro primeros meses de 2024 respecto a los cuatro primeros meses de 2023. Como primera conclusión: los cálculos y proyecciones deberían rehacerse a la luz de las tendencias claramente remarcadas por los datos actualizados.

 SEGUNDA.- Por otro lado, no corresponde las líneas isofónicas de menor valor con los VALORES ACÚSTICOS A LOS RECOMENDADOS POR LA OMS: La OMS recomienda encarecidamente que el nivel acústico medio descienda por debajo de los 45 dB, y por debajo de los 40 dB en horario nocturno. En el documento que se nos presenta como Plan de Acción contra el Ruido están generalmente por encima. Otro elemento que debe ser revisado y que conllevará inevitablemente a AMPLIAR LAS ZONA DE CONFLICTO.

 TERCERA.- Otra cuestión de interés resulta ser la nula presencia de personas afectadas en los controles del Plan que se propone resulta incomprensible que se interprete como “participación del entorno” solo la relación entre instituciones y solo se señale vagamente “establecer reuniones” con las asociaciones vecinales afectadas. Creemos que la participación debe ir más allá de la información. Todo proceso participativo exige varias etapas: información, elaboración de propuestas, deliberación y elección de la más apoyada. Consideramos pues necesaria la participación de las Asociaciones Vecinales a través de sus representantes en la Comisión Mixta para el establecimiento de la servidumbre acústica y el Plan de Acción del Aeropuerto de Valencia y participación de las Asociaciones Vecinales a través de sus representantes a Comisión de Seguimiento Ambiental (CSA) del Aeropuerto de Valencia.

 CUARTA.- El Plan no contempla restricciones operativas ni para aeronaves excesivamente ruidosas (con muchos años de vuelo) ni para aquellos vuelos que pueden ser sustituidos por otros medios de transporte igualmente eficaces y menos agresivos con los entornos afectados por el plan.

QUINTA.- La exclusividad en la medición de los niveles acústicos hace que la ciudadanía desconfíe de los resultados, sería necesario que tales resultados se contrastaran con trabajos realizados de forma independiente y homologable que validaran el conjunto de los datos obtenidos.

SEXTA.- Pese a tratarse de un Plan de Acción contra el Ruido, este debería recomendar estudios de contaminación atmosférica para tener una visión global de las consecuencias que afectan a las personas condicionadas por la actividad del aeropuerto.

SÉPTIMA.- En este sentido el Plan no introduce ningún estudio de salud en relación a las consecuencias de la contaminación acústica generada por la actividad del aeropuerto. Sería imprescindible para una toma adecuada de conciencia de forma precisa contar con este estudio-informe realizado por la propia Conselleria de Sanidad de tal forma que precisara el alcance de la afectación de la salud asociada a la contaminación acústica recibida.

OCTAVA.- Los procesos que se llevan a cabo de insonorización deben ser tramitados en su conjunto de forma rápida y eficiente.

NOVENA.- Dados los datos que ofrece el Plan debe procederse a la eliminación de los vuelos nocturnos por su afectación a la salud de la ciudadanía.

Por lo expuesto,

SOLICITAMOS A LA DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL: Que teniendo por presentado este escrito, se sirva admitirlo, y  tener  por efectuadas las alegaciones correspondientes al trámite de información pública del Plan de Acción asociado al Mapa Estratégico de Ruido (Fase IV) del Aeropuerto de Valencia, y, en su consecuencia proceda a estimar las mismas, teniéndonos por parte interesada en el expediente de referencia en nombre y representación de la CAVE-COVA.



¿Quieres informárte sobre las áreas de trabajo de CAVE-COVA?